Artículo 13 - máquinas Directiva 2006/42/CE - Procedimiento para las cuasi máquinas

El texto en color rojo es la modificación o el texto añadido en comparación con el anterior 98/37/CE de la directiva de máquinas.


Artículo 13 : Procedimiento para las cuasi máquinas

1. El fabricante de una cuasi máquina o su representante autorizado deberá velar, antes de la comercialización, por que:

a) se elabore la documentación técnica pertinente descrita en el anexo VII, parte B;

b) se elaboren las instrucciones de montaje indicadas en el anexo VI;

c) se haya redactado la declaración de incorporación descrita en el anexo II, parte 1, sección B.

2. Las instrucciones de montaje y la declaración de incorporación deberán acompañar a la cuasi máquina hasta que se incorpore a la máquina final y pase así a formar parte del expediente técnico de dicha máquina.

Comment:

partly completed machinery have their own certification process in which three documents are required:

  • technical documentation (technical file),
  • assembly instructions,
  • the declaration of incorporation.

Two documents become part of the technical file of the final machine.

Original Comment:

Les quasi machines possèdent leur propre procédure de certification dans laquelle 3 documents sont exigés :

  • documentation technique (le dossier technique),
  • la notice d'assemblage,
  • la déclaration d'incorporation.

Deux des documents font alors partie du dossier technique de la machine finale.


 

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